jueves, 18 de septiembre de 2008

El control de las tarifas eléctricas

El agudo problema que esta pasando el sector electricidad tiene varios puntos que analizar, uno de ellos es el que las empresas distribuidoras no pueden asegurar electricidad en los años siguientes para abastecer en sus zonas de concesión y ante ello el Estado interviene para resolver este tipo de problemas. Sin embargo muchos prevén una etapa nueva de apagones y restricciones eléctricas debido a este tema y al problema del gas de Camisea el cual no será tratado en este artículo.
Esto ocurre, debido a que el Gobierno obliga a las empresas de generación eléctrica que aún no venden energía al mercado regulado a contratar con las distribuidoras la energía faltante que asegure el abastecimiento. Y lo esta haciendo mediante una norma que modifico la Ley de Concesiones Eléctricas vigente.

Todo comenzó cuando el Ministerio de Energía y Minas (MEM) indico que esta ley se aplicaría debido a que, las subastas de energía eléctrica que han convocaron tres empresas de distribución han fracasaron en el año 2007 con miras a asegurar el abastecimiento de los 2 años siguientes.
La historia sobre la falta de contratos de abastecimiento de energía para las distribuidoras no es nueva y la intervención estatal en este mercado, tampoco. Esto debido a que las tarifas eléctricas son una fuente de populismo político parte del control social.

A la fecha el gobierno ha intervenido en las tarifas mediante el FOSE (Fondo de Compensación Social Eléctrica). Para las distribuidoras es un aspecto positivo porque se trata de un sistema redistributivo entre los clientes que si pueden pagar los costos altos y los que no, con lo cual las distribuidoras aseguran su ganancia. Esto puede ser beneficioso para la población de bajos recursos que puede contar con energía eléctrica de bajo precio, sin embargo es negativo desde el punto de vista que los precios no están sincerados, y esto avizora un alza cuando ya no se puede seguir subsidiando.
Esto se pudo observar desde el 2004, cuando las generadoras no querían contratar con el mercado regulado, debido a que consideraban que las tarifas establecidas por Osinergmin no garantizaban rentabilidad. Ante ello, el Gobierno, a través de la Ley 28447, obligó, en forma extraordinaria, a todas las generadoras a vender energía a las distribuidoras que carecían de contratos de abastecimiento, para salvar la falta de contratos. Esta ley modifico los artículos 36 b); 46; 47 a), b), d); 50; 51 y 52 de la LCE y se añadió el articulo 36 g). Este ultimo es el principal articulo que genera la obligación de las generadoras a abastecer a las distribuidoras, debido a que plantea la situación actual que es que el pago este en controversia.

El artículo 36° de la ley de concesiones eléctricas enuncia lo siguiente:

La concesión definitiva caduca cuando: (…)
g) El reiterado incumplimiento de pago a las empresas generadoras por el abastecimiento de energía y potencia destinadas al Servicio Público de Electricidad, siempre y cuando dicho pago no se encuentre en controversia.
Mediante esta ley también obligo a los concesionarios de distribución a depositar en la cuenta de un fideicomiso, el dinero correspondiente a los retiros de potencia y energía destinado al Servicio Público de Electricidad que no cuenten con contratos de suministro de energía que los respalden. De no cumplirse el pago al fideicomiso se le retirara la concesión. Esto genera que las generadoras eléctricas no contratan directamente con las distribuidoras porque consideran que el precio establecido por Osinergmin para el mercado residencial es bajo.

Además la Ley de Concesiones Eléctricas obliga a las empresas distribuidoras a asegurar contratos de abastecimiento con una anticipación de dos años. Un ejecutivo de una de las distribuidoras señaló que si no se logra asegurar la energía que el público debe consumir en los próximos dos años, la ley le permite al Estado quitarle la concesión de abastecimiento a la distribuidora. Las distribuidoras intentarán comprar la energía eléctrica que les falta a través de una subasta que se realizará en diciembre.
Posteriormente, para generar competencia, se estableció un sistema de subastas para abastecer a las distribuidoras, sistema que empezó a aplicarse desde el 2007. El sistema de subastas permite a las generadoras participar solo por una fracción de la demanda de las distribuidoras.

Sobre el mismo tema se puede reconocer que se corre el riesgo de que haya un desajuste entre la energía que necesitan las distribuidoras para los siguientes años y la que estén dispuestas a vender las generadoras al sistema regulado.
Algunos afirman que no es correcto decir que las generadoras no están interesadas en vender energía a las distribuidoras, sino que no logran presentar una oferta más baja que el precio máximo de Osinergmin.

En gobiernos anteriores no se permitió que se llegara a ese extremo y es probable que ahora suceda lo mismo, pues como hemos explicado anteriormente las tarifas eléctricas bajas son una “cuestión de estado”, pero hasta cuando se podrá sostener esta situación.
Sin embargo creo que se puede solucionar mediante un sinceramiento gradual de las tarifas y a un mejor aprovechamiento de la energía eléctrica por parte de los usuarios residenciales a manera de compensar estos aumentos en los recibos.
Antes de despedirme, quisiera disculparme con los lectores por no facilitarles la lectura con figuritas y cosas para que no se duerman pero no tuve tiempo de preparar una. (Tampoco quiero poner una grafica que no refleje el tema que estoy tratando).

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